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Ayudas destinadas a la promoción de la actividad productiva, comercial y formativa del sector artesano

Se ha publicado en el DOCM de 23-07-2018 la Resolución de 10/07/2018, de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía, por la que se convocan las ayudas destinadas a la promoción de la actividad productiva, comercial y formativa del sector artesano, para el ejercicio 2018.

El plazo de presentación de solicitudes termina el 24 de agosto.

Los gastos subvencionables deben estar realizados entre el 15 de junio de 2017 y 14 de junio de 2018.

184.000 euros

Os adjunto resumen de los aspectos más relevantes:

· Bases: Orden 85/2018, de 24 de mayo, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la promoción de la actividad productiva, comercial y formativa del sector artesano.

· Líneas de subvención:

a) Línea de promoción, que tiene como objeto la comercialización de productos artesanos y el fomento de proyectos de cooperación económica que tengan como finalidad la mejora de la competitividad del sector.

b) Línea de inversión en talleres artesanos, que tiene como objeto la actividad productiva artesanal y como finalidad la mejora de la innovación y de la productividad y competitividad del sector.

c) Línea de impulso de la artesanía, objeto el impulso del asociacionismo y de la formación a los sujetos de la actividad artesana, con la finalidad de potenciar el tejido del sector, así como fomentar la competitividad y rentabilidad económica y productiva del sector artesano. NOVEDAD

· Beneficiarios.

En las líneas de subvención de promoción y de inversión: artesanos y empresas artesanas. En la línea de subvención de impulso de la artesanía: asociaciones artesanas. NOVEDAD

· Gastos subvencionables.

Gastos entre el 15 de junio de 2017 y 14 de junio de 2018

· Líneas de subvención

1) línea de promoción, podrán ser objeto de subvención las siguientes actuaciones:

o La participación en ferias y otros eventos comercializadores artesanales de interés general que se desarrollen en España. Serán subvencionables entre otros gastos: Los gastos de alquiler de espacio expositivo, servicios básicos y/o seguros obligatorios, gastos de desplazamiento y transporte.

o La organización de misiones comerciales y otros actos de carácter comercial que se desarrollen en España, excepto en Castilla- La Mancha, o en el extranjero, siempre y cuando el objeto de la misión o acto comercial suponga innovación, diseño, proyección, aprendizaje de nuevas técnicas artesanales y utilidad para el sector de la artesanía de Castilla- La Mancha, y que reporte ventajas comerciales o facilite la creación o extensión de redes de cooperación empresarial con intercambio de productos, servicios y experiencias. Serán subvencionables dentro de la presente actuación, entre otros gastos: el alquiler de espacio expositivo, stand modulares; la contratación de servicios de agentes comerciales en el exterior y la contratación, en su caso, de intérpretes. NOVEDAD

o La creación y diseño de marca comercial y su adaptación o aplicación a papelería básica, así como la producción, edición e impresión de dípticos, trípticos, folletos, catálogos y la confección de todo tipo de soportes de promoción y publicitarios.

o La creación, implementación y actualización de páginas web propias de promoción y, en su caso, venta artesana, o la integración en portales web en los que exclusivamente se promocionen y, en su caso, se vendan productos artesanos, así como la generación de perfiles en redes sociales y el mantenimiento de los mismos, y los servicios de posicionamiento en internet tipo SEO.

o La realización de campañas e inserciones publicitarias en prensa escrita, revistas periódicas, radio, televisión y demás medios de difusión.

2) Línea de inversión en talleres artesanos, podrán ser objeto de subvención los proyectos orientados a la mejora de la capacidad productiva de los talleres artesanos, siempre que se realicen en el territorio de Castilla- La Mancha. Serán subvencionables dentro de la presente línea, entre otros, gastos: la realización de obras necesarias para implantar, modernizar, rehabilitar, reformar o acondicionar los talleres; la adquisición, montaje e instalación de maquinaria, instalaciones y otros útiles de producción.

3) En la línea de impulso de la artesanía, podrán ser objeto de subvención las siguientes actuaciones:

o La realización de acciones formativas dirigidas a artesanos de Castilla- La Mancha que capaciten para el uso de técnicas artesanales tradicionales o faciliten la introducción de nuevas técnicas artesanales. Serán subvencionables los siguientes gastos: la remuneración del personal docente, la adquisición de material didáctico, el alquiler de aulas y de equipamiento educativo.

o La participación en ferias y la organización o la participación en exposiciones, muestras y otros eventos de carácter promocional de interés general, que se desarrollen en España o en el extranjero. Serán subvencionables dentro de la presente actuación, entre otros, los siguientes gastos: el alquiler de espacio expositivo, el alquiler y la instalación de stands modulares, la contratación de suministros de agua y electricidad. NOVEDAD

Cuantías y límites máximos de las subvenciones. (AUMENTAN PORCENTAJES Y CUANTÍAS)

La cuantía de las subvenciones que podrán concederse será de hasta 50% del gasto subvencionable en la línea de promoción, el 60% del gasto subvencionable en la línea de inversión en talleres artesanos, y el 80% del gasto subvencionable en la línea de impulso de la artesanía, con los siguientes límites por actuación subvencionable:

a) Línea de promoción de la artesanía: el importe de la ayuda no podrá superar el límite máximo de ayuda 4.000 euros, pudiendo llegar a los 12.000 si concurren con misiones comerciales.

b) Línea de inversión en talleres artesanos: la ayuda no podrá superar el límite máximo de 5.000 euros.

c) Línea de impulso de la artesanía: Por el conjunto de actuaciones realizadas en esta línea, el importe de la ayuda por cada beneficiario no podrá superar el límite máximo de 18.000 euros, con un máximo de 6.000 euros por actividades formativas

Para el caso de proyectos en los municipios incluidos en las zonas establecidas en el Anexo al Decreto 31/2017, de 25 de abril, por el que se establece el procedimiento de gobernanza de la Inversión Territorial Integrada (ITI) de Castilla- La Mancha para el período de programación 2014-2020, o en aquellos municipios que, en su caso, se determine en posteriores periodos de programación, la cuantía de la ayuda que resulte conforme a lo dispuesto en el apartado 1 se incrementará en un 20%, así como en los territorios de los municipios considerados zonas prioritarias, reguladas en la Ley 5/2017, de 30 de noviembre, de Estímulo Económico de Zonas Prioritarias de Castilla- La Mancha.

Convocatoria: 184.000 euros. Se publica el 23 de julio de 2018. 1 mes de plazo para solicitar. En principio la distribución para línea a) es de 95.000 euros, b) 45.000 y c) 44.000. la distribución definitiva dependerá de las solicitudes

Cualquier duda el contacto de los técnicos de la Dirección General son 'Juan José Gómez' Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla. ; 'Andrés Rodriguez Carballo' (Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.)Se ha publicado en el DOCM de 23-07-2018 la Resolución de 10/07/2018, de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía, por la que se convocan las ayudas destinadas a la promoción de la actividad productiva, comercial y formativa del sector artesano, para el ejercicio 2018.

El plazo de presentación de solicitudes termina el 24 de agosto.

Los gastos subvencionables deben estar realizados entre el 15 de junio de 2017 y 14 de junio de 2018.

184.000 euros

Os adjunto resumen de los aspectos más relevantes:

· Bases: Orden 85/2018, de 24 de mayo, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la promoción de la actividad productiva, comercial y formativa del sector artesano.

· Líneas de subvención:

a) Línea de promoción, que tiene como objeto la comercialización de productos artesanos y el fomento de proyectos de cooperación económica que tengan como finalidad la mejora de la competitividad del sector.

b) Línea de inversión en talleres artesanos, que tiene como objeto la actividad productiva artesanal y como finalidad la mejora de la innovación y de la productividad y competitividad del sector.

c) Línea de impulso de la artesanía, objeto el impulso del asociacionismo y de la formación a los sujetos de la actividad artesana, con la finalidad de potenciar el tejido del sector, así como fomentar la competitividad y rentabilidad económica y productiva del sector artesano. NOVEDAD

· Beneficiarios.

En las líneas de subvención de promoción y de inversión: artesanos y empresas artesanas. En la línea de subvención de impulso de la artesanía: asociaciones artesanas. NOVEDAD

· Gastos subvencionables.

Gastos entre el 15 de junio de 2017 y 14 de junio de 2018

· Líneas de subvención

1) línea de promoción, podrán ser objeto de subvención las siguientes actuaciones:

o La participación en ferias y otros eventos comercializadores artesanales de interés general que se desarrollen en España. Serán subvencionables entre otros gastos: Los gastos de alquiler de espacio expositivo, servicios básicos y/o seguros obligatorios, gastos de desplazamiento y transporte.

o La organización de misiones comerciales y otros actos de carácter comercial que se desarrollen en España, excepto en Castilla- La Mancha, o en el extranjero, siempre y cuando el objeto de la misión o acto comercial suponga innovación, diseño, proyección, aprendizaje de nuevas técnicas artesanales y utilidad para el sector de la artesanía de Castilla- La Mancha, y que reporte ventajas comerciales o facilite la creación o extensión de redes de cooperación empresarial con intercambio de productos, servicios y experiencias. Serán subvencionables dentro de la presente actuación, entre otros gastos: el alquiler de espacio expositivo, stand modulares; la contratación de servicios de agentes comerciales en el exterior y la contratación, en su caso, de intérpretes. NOVEDAD

o La creación y diseño de marca comercial y su adaptación o aplicación a papelería básica, así como la producción, edición e impresión de dípticos, trípticos, folletos, catálogos y la confección de todo tipo de soportes de promoción y publicitarios.

o La creación, implementación y actualización de páginas web propias de promoción y, en su caso, venta artesana, o la integración en portales web en los que exclusivamente se promocionen y, en su caso, se vendan productos artesanos, así como la generación de perfiles en redes sociales y el mantenimiento de los mismos, y los servicios de posicionamiento en internet tipo SEO.

o La realización de campañas e inserciones publicitarias en prensa escrita, revistas periódicas, radio, televisión y demás medios de difusión.

2) Línea de inversión en talleres artesanos, podrán ser objeto de subvención los proyectos orientados a la mejora de la capacidad productiva de los talleres artesanos, siempre que se realicen en el territorio de Castilla- La Mancha. Serán subvencionables dentro de la presente línea, entre otros, gastos: la realización de obras necesarias para implantar, modernizar, rehabilitar, reformar o acondicionar los talleres; la adquisición, montaje e instalación de maquinaria, instalaciones y otros útiles de producción.

3) En la línea de impulso de la artesanía, podrán ser objeto de subvención las siguientes actuaciones:

o La realización de acciones formativas dirigidas a artesanos de Castilla- La Mancha que capaciten para el uso de técnicas artesanales tradicionales o faciliten la introducción de nuevas técnicas artesanales. Serán subvencionables los siguientes gastos: la remuneración del personal docente, la adquisición de material didáctico, el alquiler de aulas y de equipamiento educativo.

o La participación en ferias y la organización o la participación en exposiciones, muestras y otros eventos de carácter promocional de interés general, que se desarrollen en España o en el extranjero. Serán subvencionables dentro de la presente actuación, entre otros, los siguientes gastos: el alquiler de espacio expositivo, el alquiler y la instalación de stands modulares, la contratación de suministros de agua y electricidad. NOVEDAD

Cuantías y límites máximos de las subvenciones. (AUMENTAN PORCENTAJES Y CUANTÍAS)

La cuantía de las subvenciones que podrán concederse será de hasta 50% del gasto subvencionable en la línea de promoción, el 60% del gasto subvencionable en la línea de inversión en talleres artesanos, y el 80% del gasto subvencionable en la línea de impulso de la artesanía, con los siguientes límites por actuación subvencionable:

a) Línea de promoción de la artesanía: el importe de la ayuda no podrá superar el límite máximo de ayuda 4.000 euros, pudiendo llegar a los 12.000 si concurren con misiones comerciales.

b) Línea de inversión en talleres artesanos: la ayuda no podrá superar el límite máximo de 5.000 euros.

c) Línea de impulso de la artesanía: Por el conjunto de actuaciones realizadas en esta línea, el importe de la ayuda por cada beneficiario no podrá superar el límite máximo de 18.000 euros, con un máximo de 6.000 euros por actividades formativas

Para el caso de proyectos en los municipios incluidos en las zonas establecidas en el Anexo al Decreto 31/2017, de 25 de abril, por el que se establece el procedimiento de gobernanza de la Inversión Territorial Integrada (ITI) de Castilla- La Mancha para el período de programación 2014-2020, o en aquellos municipios que, en su caso, se determine en posteriores periodos de programación, la cuantía de la ayuda que resulte conforme a lo dispuesto en el apartado 1 se incrementará en un 20%, así como en los territorios de los municipios considerados zonas prioritarias, reguladas en la Ley 5/2017, de 30 de noviembre, de Estímulo Económico de Zonas Prioritarias de Castilla- La Mancha.

Convocatoria: 184.000 euros. Se publica el 23 de julio de 2018. 1 mes de plazo para solicitar. En principio la distribución para línea a) es de 95.000 euros, b) 45.000 y c) 44.000. la distribución definitiva dependerá de las solicitudes

Cualquier duda el contacto de los técnicos de la Dirección General son 'Juan José Gómez' Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla. ; 'Andrés Rodriguez Carballo' (Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.)

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