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El Ayuntamiento de Sacedón solo atenderá de manera presencial trámites de urgencia

El resto de gestiones se podrán realizar de manera telefónica o telemática.

El Ayuntamiento de Sacedón, siguiendo las recomendaciones de las autoridades sanitarias y en base al Estado de Alarma decretado por el Gobierno central, solo atenderá de manera presencial en el registro del propio consistorio trámites que sean urgentes, en horario de 10:00 a 11:00. La medida entrará en vigor a partir de hoy lunes 16 y se extenderá en una fecha aún por determinar dependiendo de la evolución de la pandemia causada por el Coronavirus Covid-19.

Se suspenden todas las citas y reuniones pendientes.
No se dan nuevas citas ni se conceden reuniones de ningún tipo.
Se suspende la atención al público en el ayuntamiento. Solo se atenderán temas urgentes.

El Ayuntamiento insta encarecidamente a los vecinos de Sacedón a que realicen los trámites que no sean urgentes a través de la vía telefónica y/o telemática. En ese sentido, las consultas telefónicas se deberán realizar en el siguiente número de teléfono: 949 35 00 15. El correo electrónico, por su parte, en el que realizar consultas u otro tipo de gestiones es el siguiente: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.. El horario de atención, en ambos casos, será de 9 a 14:00 horas.

Teléfono de urgencias
El Ayuntamiento ha coordinado, asimismo, un servicio de asistencia con la intención de ayudar a las personas mayores y/o con movilidad reducida como medida de prevención en su cuarentena. Para evitar desplazamientos innecesarios de este grupo de personas, y si no cuentan con la ayuda de ningún familiar o vecino, pueden llamar al siguiente número de teléfono, donde contactarán con la concejal Catherine García: 649 456 872.

Desde el Ayuntamiento de Sacedón se insta a la responsabilidad y el civismo de todas las vecinas y vecinos. En este sentido, recuerda que se permite la circulación de personas, pero dentro de una limitación. Así, se podrá circular por las vías de uso público para la realización de actividades como adquisición de alimentos, productos farmacéuticos o de primera necesidad, la asistencia al centro sanitario, el desplazamiento al lugar de trabajo o a entidades financieras, o pasear a las mascotas (con limitaciones), entre otras cosas. En todos los casos, la circulación ha de hacerse de manera individual, no acompañado de niños, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada.

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