El servicio 016 ofrece información, asesoramiento jurídico y atención psicosocial inmediata a todas las formas de violencia contra las mujeres del Convenio de Estambul
El servicio 016 de información y asesoramiento jurídico en violencia de género, prestado por la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género desde el año 2007, se ha ampliado a la atención a todas las formas de violencia contra las mujeres incluidas en el Convenio de Estambul. Por ello, el servicio 016 atiende la violencia de género (contemplada en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género), la violencia doméstica, violencia sexual, acoso, mutilación genital femenina, matrimonio forzoso, aborto y esterilización forzosos, acoso sexual.
Además de ofrecer información y asesoramiento jurídico en todas estas formas de violencia contra las mujeres, el servicio 016 atiende llamadas que por razones de emergencia y por la situación de violencia requieran una atención psicosocial inmediata (por ejemplo, inminencia de la violencia sufrida, intentos autolíticos, desahogo emocional, etc.), que serán atendidas por profesionales en Psicología o Trabajo Social que, además, remitirán a la persona a los servicios públicos de atención, asistencia e intervención psicológica y social.
Esta ampliación del servicio 016 incluye, también, nuevos canales de acceso. Junto al teléfono, a través del número 016 (número 900 116 016 del teléfono de texto para las personas con discapacidad auditiva y/o del habla), y al correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.), se añade un WhatsApp (número 600 000 016, exclusivo para WhatsApp porque no admite llamadas de teléfono).