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Decreto de ayudas por el mantenimiento de actividad para los afectados por el COVID-19

Ayudas tasadas para autónomos (con o sin empleados) y para pymes (cualquiera que sea su tamaño), dedicadas al comercio minorista, restauración, alojamientos, transporte de viajeros, actividades deportivas, culturales y de ocio, etc.

El plazo de presentación de solicitudes terminará el 1 de marzo.

La solicitud es muy sencilla, tan sólo se debe acreditar la reducción de la facturación en los 3 últimos trimestres de 2020, respecto de los de 2019. Todo mediante declaraciones responsables que podrán ser objeto de verificación.

Adjuntamos una guía para la mejor interpretación del documento.

Los teléfonos de contacto para este decreto son:

· Para la línea de autónomos sin trabajadores: 949 88 53 05

· Para la línea de autónomos con trabajadores y pymes: 949 88 78 32 y 949 88 78 27.

Modificado por última vez enJueves, 11 Febrero 2021 18:56
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